¿Cuántas Administradoras de Fondos de Pensiones existen en la actualidad?

El D.L. 3.500, que norma el Sistema de Pensiones, permite la libre formación de Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones, siempre que éstas cumplan con ciertas formalidades y obligaciones que la ley les exige.

La permanencia de ellas se sustenta en la libre competencia, en donde los afiliados son quienes deciden a que Administradora afiliarse en consideración al costo, servicio, rentabilidad y seguridad, pues tienen libertad para elegir en forma permanente e individual la institución donde capitalizarán sus ahorros.

Las Administradoras son instituciones que legalmente deben constituirse como Sociedades Anónimas, rigiéndose por los cuerpos legales que regulan esta clase de Sociedades (fundamentalmente la Ley Nº 18.046), en cuanto estas normas se concilien o no se opongan a las contenidas en el Decreto Ley Nº 3.500.

El capital mínimo para la formación de una Administradora de Fondo de Pensiones es el equivalente a 5.000 Unidades de Fomento, el cual aumenta en relación con el número de afiliados incorporados a la Administradora, hasta alcanzar 20.000 Unidades de Fomento.
Las Administradoras existen en virtud de una Resolución de la Superintendencia de AFP que las autoriza y aprueba sus estatutos, adquiriendo Personalidad Jurídica desde dicha fecha.

Las administradoras pueden gestionar 5 Fondos de Pensiones, labor que comprende la recaudación de las cotizaciones de los afiliados, su abono a las respectivas cuentas individuales, la inversión de los recursos generados por dicha recaudación y la tramitación necesaria para obtener el Bono de Reconocimiento.

En la actualidad se encuentran operando en Chile un total de 6 Administradoras de Fondos de Pensiones. Varias de ellas están ligadas a organizaciones de distintos sectores de la actividad económica. Otras se encuentran vinculadas a Bancos o Compañías de Seguros internacionales, y a accionistas nacionales. Todas ellas están sometidas por igual a reglas estrictas y objetivas, cuyo cumplimiento es fiscalizado por el Estado.

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